Te mostramos los tres tipos de IVA y cómo calcularlos. Cuando compramos un bien o consumismos un servicio, estamos pagando más de lo que realmente cuesta. Esto es porque cada producto o servicio lleva incorporado un impuesto de valor añadido: el IVA.
IVA son las iniciales de Índice de Valor Añadido y es un impuesto de tipo indirecto que grava el consumo de cualquier producto o servicio. Dicho llanamente, es un extra que pagamos a las arcas del Estado cada vez que compramos algo.
Se diferencia del IRPF porque este grava la renda, mientras que el IVA se aplica en el consumo. Otra diferencia es el valor del impuesto. En el caso del IRPF, varía según la capacidad adquisitiva, mientras que el IVA se aplica a todos los consumidores por igual sea cual sea su renda. Eso se llama impuesto regresivo.
Quien se encarga de este impuesto es la Agencia Tributaria, que nos informa que el IVA es “un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre el consumo y grava: las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas por empresas y profesionales, las adquisiciones intracomunitarias, y las importaciones de bienes”.
Este impuesto se aplica al consumidor, pero no a quien participan en la cadena de producción de un bien o servicio. Por eso, al realizar un trabajo las empresas van acumulando el IVA en todas las fases de la fabricación hasta que, una vez sumado, envían al Estado el total impositivo que han tenido que pagar para realizar su labor.
En el caso de empresas y trabajadores autónomos se distingue entre el IVA soportado y el IVA repercutido. El impuesto soportado es el que el empresario o autónomo debe recoger en su factura, y que es el 18% que añade al coste del producto. El IVA repercutido es el que paga para comprar un bien o servicio.
Por lo tanto, el primero es un ingreso, mientras que el segundo es un gasto. La diferencia entre el IVA soportado menos el repercutido da como resultado la declaración trimestral que todos los autónomos tienen que pagar.
Los tres tipos de IVA que existen dependen del bien o producto consumido, y además, hay algunos productos exentos de impuestos.
Es un impuesto que se aplica por defecto a aquellos productos que no se incluyen en los dos otros tipos de IVA. Desde septiembre de 2012, a este grupo se le aplica el 21% e incluye objetos de valor como coches, joyas, electrodomésticos, ropa, calzado, cosméticos, licores y tabaco.
Además, se aplica el IVA general a los siguientes servicios:
El IVA reducido incluye productos alimenticios, sanitarios, transporte y hostelería. Por ejemplo, se aplica en alimentos de origen animal o vegetal y el agua, o a productos sanitarios para prevenir, curar o aliviar enfermedades. En septiembre de 2012 y a raíz de la crisis se aumentó este impuesto hasta el 10%.
Entre los servicios que recoge este tipo de impuesto, encontramos:
El grupo de productos incluidos en el IVA superreducido es el que menos carga conlleva, un 4%, y por eso agrupa aquellos productos y servicios de primera necesidad. Alimentos básicos como el pan, la leche, el queso, los huevos, la fruta o las verduras, algunos medicamentos o el material escolar, forman parte del IVA superreducido.
Además, en él se incluyen los siguientes servicios:
La clave para calcular el IVA es tener claro en qué régimen entra el producto o servicio en cuestión, pues en función del tipo de IVA pondremos en la ecuación uno u otro número.
La fórmula para el cálculo es bien sencilla: multiplicamos la cifra del producto por el tanto por ciento del IVA (en número decimal). Si el producto se incluye en el régimen del IVA general, por ejemplo, multiplicamos la cantidad del producto por 0,21.
Si lo que necesitas es saber el precio con el IVA incluido divides la cantidad por 1,21.
Para calcular la cantidad a pagar según el IVA, la fórmula para calcular es la siguiente:
Hay una serie de productos y servicios que en España no llevan añadido el impuesto por el consumo.
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