Las 5 claves de la Constitución de México de 1824

Te contamos el origen, la historia y las características que convierten la Constitución de México de 1824 en una de las más liberales de América Latina.

La Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos se crea el 4 de octubre de 1824 como la primera Carta Magna que se aprueba tras la independencia del país. La promulgación de la Constitución de México se produjo tras una década de lucha entre los criollos y los españoles europeos por la independencia.

Entre los rasgos principales de la Constitución mexicana se encuentra la organización territorial en forma de federación, la proclamación de los principios liberales y la separación de poderes, y la definición de la identidad mexicana a partir de su independencia y de su destino ligado a la religión católica.

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A continuación te presentamos un breve recorrido histórico de la Constitución de México y una descripción de sus características más importantes:

Historia de la Constitución de México de 1824

Lo más importante para comprender el espíritu de la Constitución de México de 1824 es que a diferencia de otros territorios, en México la transición de la colonia a la independencia se hace sin revolución, a través de reformas progresivas. La Constitución es el resultado de este proceso histórico.

1. Los intentos fallidos de autonomía

Ya desde la última década del siglo XVIII la Nueva España venía arrastrando una crisis económica galopante que había empobrecido buena parte de la población, pero el estallido definitivo se produciría con la crisis imperial derivada de la caída de la monarquía bajo el yugo de los franceses en 1808.

Con un vacío de poder angustiante en la península, los criollos propusieron la creación de unas nuevas cortes en Nueva España. Tras la negativa de los españoles peninsulares se abrió una guerra abierta entre los partidarios de mantener la colonia y los defensores de la autonomía.

En España se había liberado una guerra de resistencia y liberación contra los franceses, pero esta no podía triunfar sin el concurso de las colonias. Como concesión a estas, se propuso la celebración de elecciones y la formación de Juntas locales en las que los criollos novohispanos tuvieron por primera vez la oportunidad de acceder al poder.

A partir de la fundación de la Constitución liberal española de Cádiz de 1812, los profundos cambios políticos en la Nueva España se aceleraron, sobre todo en la línea de la descentralización (el poder pasaba del centro a las localidades) y de la mayor participación política de la nueva oligarquía criolla.

Incluso se aprobó una primera Carta Magna, la Constitución de Apatzingán, de forma clandestina por las fuerzas rebeldes perseguidas por el ejército colonial. La Constitución de Apatzingán contenía la confesión católica, la soberanía nacional, la división de poderes y la descentralización como ejes fundamentales.

2. El camino hacia la independencia

Tras varios levantamientos autonomistas fracasados, en 1821 el coronel Agustín de Iturbide presentó un ambicioso proyecto llamado Plan de Iguala que contenía los principios de la autonomía bajo una forma de monarquía constitucional regida por el rey español Fernando VII. El plan fue rechazado por los españoles.

Ese fue el punto de hastío y de inflexión: los novohispanos comprendieron que el futuro de su autonomía pasaba por la proclamación de la independencia: los dirigentes de la nueva España proclamaron el Imperio Mexicano.

Sin embargo el poder de las localidades y las provincias se había consolidado de tal forma que habían desbordado los límites del poder imperial. La nueva configuración del poder en México exigí una reforma total del país, así que el emperador abdicó en 1823.

En los archivos históricos del país se concentran en esa época millones y millones de cartas, peticiones, sanciones, informes, solicitudes y quejas que denotan el aumento de la participación política de toda una generación de ciudadanos que reclamaba un nuevo estado con nuevas reglas.

En el Primer Congreso Constituyente se produce una revuelta de las provincias ante la negativa de la élite nacional de escuchar sus demandas, lo que acabará con la aceptación por parte de estos del federalismo. En el Segundo Congreso Constituyente se debatió quien tenía que ostentar el poder: el centro o las provincias constituidas en Estados.

En enero se proclamó la constitución de la federación mexicana, y el 4 de octubre de 1824 se proclamó oficialmente la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos. Veamos cuáles son las características más relevantes de la misma.

Características de la Constitución de México

Aunque la Constitución de México de 1824 tenía muchos elementos en común con la española de 1812, sería un error considerarla una burda copia. La primera Carta Magna de los estados independientes de México tuvo en cuenta la nueva realidad política y las necesidades del país. Estos eran sus rasgos principales:

1. Proclamación de la independencia

Lo primero que hace la Constitución de 1824 es proclamar, en su título primero, la independencia del país: “La nación mexicana es para siempre libre e independiente del gobierno español y de cualquiera otra potencia”.

Igualmente el texto recoge los límites territoriales que conforman los Estados Unidos de México, concretamente el territorio de la antigua Nueva España, la capitanía general del Yucatán, las provincias internas de Oriente y Occidente, la Baja y Alta California, con los terrenos anexos e islas adyacentes en ambos mares.

2. Estructura descentralizada: federalismo

Las reiteradas demandas de las provincias y las regiones dieron como lugar una constitución descentralizada que concedía el poder a los Estados, que a su vez se erigían como garantes de la unidad nacional.

La forma de gobierno establecida es la de “república representativa popular federal” en la que se da mucho poder a los Estados. Estos, unidos libremente en la Unión, no se subyugan a ningún poder central, sino que además de los tres poderes centrales existe una reproducción de los mismos a nivel regional, de cada Estado.

De modo que cada Estado tiene sus propios tribunales, su poder legislativo y su poder ejecutivo, con la firme obligación de que el desarrollo de sus funciones no contradiga la Constitución federal. El nuevo estado estaba representado por 19 estados, cuatro territorios dependientes del centro y el distrito federal (DF).

3. Principios liberales y separación de poderes

La Constitución establece la creación de una democracia representativa con la existencia de tres poderes que garantizan el funcionamiento racional de un estado de corte liberal.

El poder legislativo federal se divide en dos cámaras, la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores. La primera estará formada por diputados escogidos por toda la nación en elecciones libres y democráticas cada dos años. La Cámara de Senadores representa a los territorios y en ella se escogen dos senadores de cada Estado elegidos cada dos años.

El poder ejecutivo federal recae en la figura de un solo hombre, el presidente de los Estados Unidos Mexicanos, elegido cada cuatro años.

El poder judicial residía en una Corte Suprema de Justicia de la que emanaban el resto de los tribunales y juzgados de cada distrito. En el capítulo dedicado a la justicia se establece de forma expresa las limitaciones de la justicia federal, las competencias de la justicia en los Estados, y sobre todo, la preservación mediante las leyes de las libertades individuales y su defensa antes los abusos del Estado.

La separación de poderes se mantiene como estructura inviolable de la composición política de los Estados.

4. No proclamación de las libertades ciudadanas

No obstante la inspiración liberal de la nueva Constitución de México, el texto no recoge explícitamente las libertades ciudadanas. El desarrollo del liberalismo tenía aún un largo y tortuoso camino por delante, y este primer texto estaba aún muy influenciado por el poder militar y clerical en la sociedad.

No fue hasta cinco años después de la sanción del texto constitucional que se abolió oficialmente la esclavitud en México, por un decreto firmado por el presidente Víctor Guerrero en septiembre de 1829.

5. Asunción de la religión católica

En el título primero de la Constitución de México de 1824 se recoge que la religión de la nación mexicana es y será perpetuamente la católica, apostólica y romana. Según este capítulo, la nación no solo tiene el deber de defenderla, sino de prohibir el ejercicio de cualquier otra. De ese modo se constituía un estado de tipo confesional.

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